Estas son las fechas máximas de pago para el impuesto a los operadores de pronósticos deportivos

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Estas son las fechas máximas de pago para el impuesto a los operadores de pronósticos deportivos

El impuesto único a los pronósticos deportivos deberá pagarse desde este mes de septiembre de 2024. Conozca las fechas máximas de pago. 

El Impuesto a la Renta Único a los Operadores de Pronósticos Deportivos, que debe declararse y pagarse desde este mes de septiembre, grava los ingresos obtenidos por estos contribuyentes, bien sea a través de plataformas digitales o en locales físicos.  

La declaración y pago de este impuesto debe realizarse de manera mensual, sobre los ingresos obtenidos el mes anterior; incluso en meses donde no se efectuaron operaciones, deberá declararse el tributo. 

El impuesto entró en vigencia en julio, pero de manera excepcional, el Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció que el impuesto correspondiente a ese mes se declare en septiembre, y no en agosto. Por ello, en este mes, deberá declararse y pagar lo correspondiente a julio y agosto. 

Para el pago, los operadores deberán utilizar el formulario ‘Declaración de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta’, disponible en el sitio web del SRI.

Al igual que en otros regímenes, se tomará en cuenta el último dígito del RUC para la fecha máxima de declaración y pago del impuesto, como se muestra en el siguiente cuadro:

Catastro de operadores de pronósticos deportivos
A agosto de 2024

RUC

Razón social

Tipo de contribuyentes

0195140502001

Betcore Ec

Sociedades

0591764039001

Betcompany-Ec S.A.S.

Sociedades

0990690537001

Metrocentro S.A.

Sociedades

0992652063001

Ecuatoriana de Electrónica Celecsa S.A.

Sociedades

0992911638001

Actividades De Pronósticos Deportivos Juegos On Line Sportbet S.A.

Sociedades

0993382393001

Moonbet S.A.S.

Sociedades

0993384610001

Gestións3 S.A.S.

Sociedades

1391925514001

Softdata Soluciones Tecnológicas Disruptivas S.A.S.

Sociedades

1793177727001

Forbet S.C.

Sociedades

1793194697001

Fundación Prosperar Salud

Sociedades

1793199291001

Beluga Company S.A.S

Sociedades

1793203837001

Red Ecuatoriana Ecuapro Redpe S.A.S.

Sociedades

1793204464001

Pasarelladigital Ecuador S.A.

Sociedades

1793217444001

Kaizen Gaming International Limited

Sociedades

1793218230001

Logflex Mt Limited

Sociedades

1793218807001

Sport Ls21 S.A.S.

Sociedades

1793218834001

Sociedad Civil Fun Play S.C.

Sociedades

1793219020001

Sociedad Civil Anónima Siba Play S.C

Sociedades

1891811245001

Avanctech S.A.S.

Sociedades

0916639685001

Vásquez Benavides Elena Paola

Personas Naturales

0924756257001

Morante Alay Enzo Norberto

Personas Naturales

0928979582001

Galarza Asqui Lalo Alberto

Personas Naturales

0933075277001

Aguirre Arcila Mauricio

Personas Naturales

0942698986001

Aguilar Lucero Yaritza Gelenia

Personas Naturales

0966177453001

Vasquez Rojas Jhon Jairo

Personas Naturales

0966520058001

Viveros Ordoñez Nelly Lucía

Personas Naturales

1001670957001

Michilena Pineda Adriana Violeta

Personas Naturales

1003010186001

López Bolaños Verónica Viviana

Personas Naturales

1003240874001

Escobar Cisneros Byron Javier

Personas Naturales

1004655013001

Terán Tuz María Camila

Personas Naturales

1203434681001

Zambrano Ramírez Patricia Galud

Personas Naturales

1205894866001

Olvera Pino Stalyn Wilfrido

Personas Naturales

1206118570001

Mayorga Santamaría Juan Ernesto

Personas Naturales

1206384800001

Monar Argüello Juan Gabriel

Personas Naturales

1206500884001

González Sánchez Jonathan Fabián

Personas Naturales

1207062892001

Varas Vega Fausto Miguel

Personas Naturales

1208702546001

Franco Sánchez Antony Ariel

Personas Naturales

1252891708001

Fernández Turizo Mary Esthefany

Personas Naturales

1310523921001

Martínez Bravo Joaquín Adrián

Personas Naturales

1310835721001

García Macías Ray Andrés

Personas Naturales

1312774217001

Meneses Chávez Joseph Marcos

Personas Naturales

1314282789001

Vélez Mosco Luis Alexander

Personas Naturales

1314934983001

Moreira Párraga Francisco Javier

Personas Naturales

1315181691001

Cedeño Cedeño Stefany Andrea

Personas Naturales

1315669836001

Párraga Aquiño Walter Antonio

Personas Naturales

1354156786001

Jaimes Lattarulo Merany Mariana

Personas Naturales

1500454754001

Teneda Jiménez Jhon Fernando

Personas Naturales

1707720791001

Quezada Acaro José Manuel

Personas Naturales

1712207057001

Peláez Valverde Edgar Danilo

Personas Naturales

1714075759001

Vilaña Icaza Víctor Hugo

Personas Naturales

1714708821001

Narváez Quilca José Luis

Personas Naturales

1715172019001

Verdezoto Jaramillo Richard Andrés

Personas Naturales

1718142142001

Rosero Celi Melva Carmen

Personas Naturales

1757861560001

Colmenárez Alvarado Daniela Del Carmen

Personas Naturales

1757991466001

Vargas García Angie Virginia

Personas Naturales

1758673675001

Velasco Álvarez Yulimar Adriana

Personas Naturales

1758784464001

Cachutt Oropeza Luis Alberto

Personas Naturales

1758926230001

Rodríguez Ramírez Rafael Enrique

Personas Naturales

1759182221001

González Carbone Julio José

Personas Naturales

1759397217001

Paz Alvarado Dixon Daniel

Personas Naturales

1759944331001

Sánchez Prato Jhossue Daniel

Personas Naturales

1761038734001

Betancourt Rodríguez Greimar Elianni

Personas Naturales

1804573226001

Sánchez Borja Sebastián Vinicio

Personas Naturales

2451517987001

Briceño Zambrano Dariana Rachel

Personas Naturales

3050364227001

Mero Avila Kevin Joshue

Personas Naturales

Para el cálculo de la base imponible, deben tomarse en cuenta el total de los ingresos generados, incluyendo comisiones, menos el total de los premios pagados en ese mismo mes. Sobre el resultado se aplicará una tarifa del 15%. 

Los operadores residentes en el país también deberán hacer una declaración anual del impuesto a la renta, en la que se consolidarán los valores declarados cada mes.

Retenciones en la fuente

Los operadores también deberán declarar y pagar cada mes, a partir de septiembre, las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta sobre los premios pagados a los jugadores; para ello se aplicará una tarifa de 15% al valor del premio.  

Estas retenciones constituirán un crédito tributario para los ganadores de los premios cuando deban hacer el pago anual del impuesto a la renta.

El operador puede emitir un solo comprobante de retención por todos los premios entregados durante el mes a un mismo jugador. 

Las personas naturales que reciban ingresos por premios de pronósticos deportivos deberán incluir esos ingresos en su declaración anual del Impuesto a la Renta, considerando para el pago del tributo el crédito tributario otorgado con las retenciones realizadas por el operador.

Fuente: Primicias

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