Obligaciones fiscales y empresariales para sociedades y personas naturales julio 2024

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Obligaciones fiscales y empresariales para sociedades y personas naturales julio 2024

A partir de julio de 2024, tanto las sociedades como las personas naturales deben cumplir con una serie de obligaciones fiscales y empresariales en Ecuador.

Estas obligaciones abarcan desde el pago de impuestos hasta la presentación de declaraciones y reportes ante diversas entidades gubernamentales.

Cumplir con estas responsabilidades es crucial para mantener la legalidad y el buen funcionamiento de las operaciones empresariales.

A continuación, se detallan las principales obligaciones a observar:

  1. Pago del impuesto predial urbano: Desde el 1 de julio, las propiedades urbanas deben cumplir con el pago del impuesto predial correspondiente al año 2024 en la municipalidad pertinente, con un incremento del 10% sobre el valor del impuesto.
  2. Declaración semestral de IVA y retenciones del Impuesto a la Renta: Entre el 10 y el 28 de julio, según el noveno dígito del RUC, los agentes de percepción y retención del IVA deben presentar su declaración semestral de IVA y retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta, cubriendo los periodos sin actividades económicas.
  3. Declaración del IVA para emprendedores RIMPE: Los contribuyentes clasificados bajo el Régimen Impositivo para Microempresas (RIMPE) deben presentar su declaración del IVA correspondiente al primer semestre de 2024 ante el Servicio de Rentas Internas, entre el 10 y el 28 de julio, según el noveno dígito del RUC.
  4. Declaración y pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD): Entre el 10 y el 28 de julio, acorde al noveno dígito del RUC, los contribuyentes del ISD que no repatrien las divisas obtenidas de exportaciones deben declarar y pagar el ISD acumulado anual mediante el Formulario 109, considerando todas las exportaciones realizadas en 2023.
  5. Presentación del Informe de Cumplimiento Tributario (ICT): Las entidades obligadas a contratar auditores externos calificados deben presentar el Informe de Cumplimiento Tributario y sus anexos del ejercicio fiscal 2023, entre el 10 y el 28 de julio, según el noveno dígito del RUC, a través del sistema en línea del Servicio de Rentas Internas. La falta de presentación resultará en la clausura del establecimiento por al menos 7 días.
  6. Reporte de ventas a crédito: Hasta el 10 de julio, las empresas bajo la supervisión de la SCVS que realicen ventas a crédito deben reportar esta información al Registro de Datos Crediticios, parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.
  7. Pago del Impuesto a los Vehículos Motorizados (IVM): Hasta el 31 de julio, los propietarios de vehículos de uso particular, cuyo último dígito de placa sea 6, deben efectuar el pago del IVM ante las entidades financieras autorizadas por el SRI.

Fuente: Business Audit & Consulting

 

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