¿Puedo seguir trabajando después de jubilarme por el IESS?

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¿Puedo seguir trabajando después de jubilarme por el IESS?

Una persona puede optar por la jubilación cuando ya cumpla la edad o los años de servicio.

Cuando una persona cumple los 60 años o más de 40 años de labores está facultado para solicitar su jubilación, es decir, recibir una pensión vitalicia por los aportes realizados durante su vida laboral.

 Una vez que se haya hecho el trámite, la persona pasa a ser de afiliado a pensionista o jubilado ya que cumple los requisitos establecidos pro el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Para poder jubilarse una persona debe:

Edad

Imposiciones

Años de aportes

Sin límite de edad

480 o más

40 o más

60 años o más

360 o más

30 o más

65 años o más

180 o más

15 o más

70 años o más

120 o más

10 o más

Cuando una persona jubilada quiere volver a trabajar, sí lo puede hacer. El IESS explicó que el jubilado de vejez y vejez por discapacidad puede volver a trabajar en cualquier empresa o institución, excepto en los primeros doce meses de jubilado en la misma empresa que cesó para calificar a la jubilación.

En el caso del jubilado por invalidez este puede volver a trabajar en cualquier empresa cuando la Dirección del Sistema de Pensiones autorice el reingreso.

Sobre los jubilados que reingresen al sector público podrán ocupar puestos de libre nombramiento y remoción y aquellos comprendidos dentro de la escala del nivel jerárquico superior, así como puestos de docencia universitaria e investigación científica.

Se aclaró también que se debe tomar en cuenta que el jubilado por vejez o vejez por discapacidad puede tener un descuento del 40% de sus pensiones “siempre y cuando la pensión jubilar sobrepase el monto de la canasta Familiar Básica del año anterior” cuando reingrese a trabajar. (I)

Fuente: El Universo

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