¿Quiénes son los sujetos obligados a informar a la UAFE?

Emprendimiento,Finanzas

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¿Quiénes son los sujetos obligados a informar a la UAFE?

[/vc_column_text][vc_column_text]A más de las instituciones del Sistema Financiero y de seguros, son sujetos obligados a informar a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) a través de la entrega de los reportes previstos en la ley:

  • Filiales extranjeras bajo control de las instituciones del Sistema Financiero Nacional
  • Bolsas y Casas de Valores.
  • Administradoras de Fondos y Fideicomisos.
  • Fundaciones y organismos no gubernamentales (OSFL).
  • Personas naturales y jurídicas que se dediquen en forma habitual a la comercialización de vehículos, embarcaciones, naves y aeronaves.
  • Empresas dedicadas al servicio de transferencia nacional e internacional de dinero o valores, transporte nacional e internacional de dinero, encomiendas o paquetes postales, correos y correos paralelos, incluyendo sus operadores, agentes y agencias.
  • Agencias de turismo y operadores turísticos.
  • Personas naturales y jurídicas que se dediquen en forma habitual a la inversión e intermediación inmobiliaria y a la construcción.
  • Hipódromos.
  • Montes de Piedad y las casas de empeño.
  • Negociadores de joyas, metales y piedras preciosas.
  • Comerciantes de antigüedades y obras de arte.
  • Promotores artísticos y organizadores de rifas.
  • Registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Partidos y organizaciones políticas.
  • Transportadoras de valores.

¿Qué tipo de reportes deben remitir los sujetos obligados a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE)?

  1. Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).
  2. Reporte de operaciones y transacciones individuales cuya cuantía sea igual o superior a diez mil dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas; así como las operaciones y transacciones múltiples que, en conjunto, sean iguales o superiores a dicho valor, cuando sean realizadas en beneficio de una misma persona y dentro de un período de treinta (30) días (RESU).
  3. Reporte de Información Adicional (RIA).

FUENTE : UAFE[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/12″][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=»1/6″][/vc_column][vc_column width=»2/3″][vc_column_text]

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