Remisión tributaria finaliza el 31 de julio y no habrá prórroga
Mediante comunicado oficial, el Servicio de Rentas Internas (SRI) recuerda a la ciudadanía que el 31 de julio de 2024 termina el plazo para acogerse a la remisión de intereses, multas y recargos de las obligaciones cuya administración y recaudación le corresponden al SRI.
La remisión de intereses, multas y recargos está contemplada en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, y aplica para obligaciones tributarias pendientes de pago generadas hasta el 31 de diciembre de 2023 (excepto el Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2023).
Estas obligaciones son:
- Deudas firmes.
- Deudas en procesos de impugnación administrativa o judicial, sin que sea necesario desistir de los mismos.
- Presentación de declaraciones omisas o sustitutivas.
- Pago de impuestos vehiculares.
- Obligaciones tributarias acordadas en actas de mediación y en procedimientos de ejecución coactiva.
Con el pago del capital es suficiente para acogerse a la remisión, no se requiere que el SRI emita un acto de aceptación para acceder a la misma.
La Administración Tributaria aclara que no existirá prórroga de la remisión de intereses, multas y recargos porque la normativa no lo prevé; por lo que invita a todos los contribuyentes para que se acogan a este beneficio durante los últimos días de vigencia.
Fuente: Servicio de Rentas Internas