Súper de Bancos advierte que ley de quiebras buscaría formalizar criptoactivos

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Súper de Bancos advierte que ley de quiebras buscaría formalizar criptoactivos

El decreto ley de Reestructuración Financiera Empresarial, llamada Ley de quiebras, incluye a los activos digitales en los procesos de reestructuración financiera y liquidación de empresas. 

Lo anterior plantea riesgos para el sistema financiero porque abre la puerta para los criptoactivos y criptomonedas. Es la observación que la Superintendencia de Bancos presentó a la Corte Constitucional dentro del proceso de análisis de la Ley de Quiebras.

El oficio del organismo de control fue presentado momentos antes del inicio de la audiencia realizada por la Corte Constitucional para el análisis de la propuesta de ley y que se realizó el 21 de julio de 2023. 

El artículo 209 de la propuesta legal planteada por el Presidente Guillermo Lasso y que busca el aval de la Corte Constitucional señala:

“Todos los activos digitales que fueren propiedad de la compañía deudora, incluyendo los tokens emitidos mediante la tecnología blockchain, quedarán incluidos en los procesos de reorganización y liquidación, teniendo la consideración de bienes intangibles”. 

Frente a esa propuesta, la Superintendencia de Bancos recordó que el Código Orgánico Monetario y Financiero establece que “todas las transacciones, operaciones monetarias, financieras y sus registros contables, realizados en el Ecuador, se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América”. 

Pero una aprobación de la Ley de quiebras implicaría “formalizar la circulación de criptoactivos en el Ecuador, sin considerar la política monetaria” del país. 

Y añade que considera “inconveniente” el texto propuesto en la Ley de quiebras al no estar previsto en las disposiciones legales actuales de Ecuador que las criptomonedas sean de curso legal.

Un activo especulativo

El usar esa tecnología para emitir acciones encriptadas podría generar que un título no tenga el respaldo que dice tener. Y eso llevaría a sobrestimar la solvencia financiera de una compañía, advierte la Superintendencia.

E, insiste en que no existe regulación ni controles ni certidumbre sobre el uso de esta tecnología en las compañías nacionales. 

De ahí que la Superintendencia insiste, en su escrito, que uno de los riesgos que puede afectar al sistema financiero es la posibilidad de que los criptoactivos sean recibidos en dación en pago. 

Además, la Superintendencia alerta que, según el artículo 195 del Código Orgánico Monetario y Financiero, esos bienes deben ser enajenados en el lapso previsto en la ley y, tratándose de una moneda especulativa, quedaría una cuestión crucial por contestar ¿cuál sería el valor de ese criptoactivo al momento de la venta?

Lo que dice el Gobierno

 El secretario Jurídico de la Presidencia, Juan Pablo Ortiz, defendió que la propuesta de ley de quiebras no habla en ninguna parte de criptomonedas. 

Pero el funcionario reconoció que el proyecto legal sí habla de criptoactivos, que son bienes intangibles digitales, “blockchains y tokens que, al igual que las marcas, pueden ser valoradas. Son nuevos activos digitales que tiene la empresa”.

Fuente: Primicias

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