El 36 % de los trabajadores ecuatorianos ya usaba herramientas de IA en 2024, según un diagnóstico citado por el Gobierno. Ecuador sigue clasificado como «adoptante tardío» en gobernanza de esta tecnología.

Desde finales de junio de 2026, el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop) tiene la orden de implementar «de forma progresiva» herramientas de minería de datos, inteligencia artificial, aprendizaje automático y procesamiento de lenguaje natural para identificar patrones de riesgo en las compras del Estado.

El Decreto Ejecutivo 461, que reformó el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, es, hasta ahora, el mandato más explícito que ha dado el Gobierno ecuatoriano para automatizar una función de fiscalización. No es, sin embargo, el primer caso de uso.

 

Los usos variados en el Estado

El listado más completo sobre el uso estatal de esta tecnología está en la Estrategia para el fomento del desarrollo y uso ético y responsable de la inteligencia artificial en el Ecuador (EFIA-EC), expedida por el Ministerio de Telecomunicaciones en enero de 2026. Allí hay un apartado dedicado de su diagnóstico al sector público. Lo describe en seis palabras: «experiencias aisladas sin una estrategia coordinada».

El inventario que ofrece es corto. El IESS opera sistemas predictivos para la gestión de servicios. El Servicio de Rentas Internas (SRI) emplea herramientas de análisis para la detección de evasión fiscal. El ECU 911 mantiene videovigilancia con capacidades de análisis automatizado. El Ministerio de Salud desarrolla proyectos piloto de telemedicina y diagnóstico asistido. Cuatro entidades, cuatro tecnologías distintas, ningún marco común que las gobierne.

A ese catálogo hay que sumar a la Superintendencia de Competencia Económica, que pertenece a otra función del Estado. La entidad declara en su normativa interna que usa inteligencia artificial para el monitoreo de mercados digitales en tiempo real, la identificación de indicios de colusión y abuso de posición dominante, el análisis predictivo del comportamiento de mercado y la simulación del impacto de fusiones y concentraciones.

En su gestión administrativa la emplea, además, para detectar errores financieros y analizar riesgo en contrataciones. Las herramientas, aclara, son de terceros y están disponibles en el mercado bajo esquemas de licenciamiento o suscripción.

Ecuador, un adoptante tardío

La propia EFIA-EC cita un estudio de la plataforma Multitrabajos según el cual, en 2024, el 36b% de los trabajadores ecuatorianos ya usaba herramientas de inteligencia artificial en sus tareas.

En paralelo, el Índice Latinoamericano de Inteligencia Artificial ubica al país en la categoría de «adoptante tardío»: la inversión en investigación y desarrollo equivale al 0,44% del PIB, la privada en I+D+i a menos del 0,2%, y entre 2020 y 2023 Ecuador produjo cerca de 120 publicaciones científicas sobre la materia.

Frente a esos usos, no existe en Ecuador una ley de inteligencia artificial.

Existe, en cambio, un conjunto de trece instrumentos dispersos, como acuerdos ministeriales, resoluciones de superintendencias, normas técnicas voluntarias y decretos ejecutivos, que se acumularon en el Registro Oficial entre noviembre de 2023 y julio de 2026. Mientras tanto, ocho proyectos de ley sobre la materia permanecen represados en la Asamblea Nacional, el más antiguo desde junio de 2024.

De esta manera, cada institución que necesitó reglas se las dio a sí misma, y la única obligación general con capacidad de sanción llegó por resolución de una Superintendencia, no por ley. El decreto que ordena al SERCOP usar modelos predictivos, por ejemplo, no establece cómo se auditan esos modelos ni ante quién responde la entidad si el sistema falla.

Una estrategia sin presupuesto

La EFIA-EC es el único instrumento nacional de política de inteligencia artificial. Fija una visión a 2029, tres ejes de gobernanza, capacidad y tecnología, y adopción y desarrollo, como también metas cuantificadas: 50 actividades de capacitación en IA para el sistema educativo, una zona franca tecnológica y una inversión acumulada de USD 200 millones en infraestructura digital.

El propio documento aclara el límite de esas metas: la Estrategia fue planteada «sin comprometer presupuestos específicos». Su financiamiento queda remitido a incentivos fiscales, fondos multilaterales y asociaciones público-privadas por definir.

El caso de la Superintendencia de Competencia Económica

Frente a la lentitud nacional, una institución construyó su propio régimen completo en once meses. La Superintendencia de Competencia Económica (SCE) expidió, en secuencia, la Guía de Uso de Herramientas de IA en marzo de 2025, el Código de Ética de IA que creó su Comité de Ética en junio de ese año, la Guía para la Auditoría del Uso de IA en octubre y, finalmente, el Reglamento interno de gobernanza ética, responsable, segura y misional del uso de IA, publicado el 2 de marzo.

La responsabilidad por cualquier documento recae siempre en el servidor que lo elabora, revisa o suscribe, «independientemente de que se haya utilizado apoyo de herramientas de Inteligencia Artificial». La supervisión humana se entiende cumplida mediante los mecanismos ordinarios de validación y aprobación.

Y la IA no puede sustituir la valoración jurídica, técnica o económica que corresponde a las unidades competentes. La Superintendencia de Bancos siguió una lógica parecida en julio de 2026, aunque por la vía más general de un Comité de Tecnologías de la Información.

La norma que sí sanciona

El instrumento de mayor alcance del corpus no proviene del Ejecutivo ni del Legislativo. El 10 de marzo de 2026 se publicó la Norma General para la Garantía del Derecho de Protección de Datos Personales en el Uso de Sistemas de Inteligencia Artificial.

Con esta normativa, la Superintendencia de Datos Personales (SPDP) obliga a todo responsable o encargado que desarrolle, entrene, implemente, despliegue o provea sistemas de IA que traten datos personales de titulares ecuatorianos, «con independencia de la ubicación del sistema o del proveedor».

Exige informar al titular sobre el carácter automatizado del tratamiento, realizar gestión de riesgos y evaluaciones de impacto previas al desarrollo, registrar las decisiones automatizadas con efectos jurídicos y auditar el funcionamiento del sistema según su nivel de riesgo.

Los incumplimientos será remitidos al régimen sancionatorio de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y la Superintendencia puede auditar directamente sistemas de inteligencia artificial e imponer medidas correctivas y cautelares.

Ocho proyectos, ninguna ley aprobada

En la Asamblea Nacional se acumulan ocho iniciativas. Dos son leyes marco: la de Regulación y Promoción de la IA, presentada por Silvia Núñez en junio de 2024 con 83 artículos, y la de Fomento y Desarrollo de la IA, de Karina Subía, de julio del mismo año, con 16 disposiciones.

Las seis restantes son sectoriales y reflejan las urgencias que fueron apareciendo. Pierina Correa propuso en noviembre de 2024 una ley de aprovechamiento digital e IA para niñas, niños y adolescentes, que importa la clasificación de sistemas de alto riesgo del reglamento europeo y reforma el Código de la Democracia para obligar a etiquetar la propaganda electoral generada con IA. Fue negado por el Consejo de Administración Legislativa.

Paola Cabezas presentó en noviembre de 2025 una ley de protección de la voz humana, que la reconoce como dato biométrico sensible y derecho personalísimo. Christopher Jaramillo planteó en diciembre incorporar pensamiento computacional, ciencia de datos e IA al currículo nacional. En marzo de 2026 llegaron dos textos: uno sobre simulaciones de imagen, voz y video por parte de María Paula Villacreses y otro de Gema Dueñas que agrega al Código Penal penas de cinco a 19 años por creación y comercialización de material sintético de explotación sexual infantil.

En junio, Mónica Salazar propuso reformar el Código Orgánico de la Función Judicial para fijar principios de control humano, transparencia y no sustitución del razonamiento judicial en el uso de IA por jueces y fiscales.

La Unidad de Técnica Legislativa emitió informes favorables sobre los dos proyectos marco y recomendó, en ambos casos, unificarlos con las iniciativas anteriores radicadas en la Comisión Especializada Permanente de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales. A ese grupo también fue asignado las propuestas de Cabezas y Villacreses.

El resto no ha tenido una comisión asignada y ninguno ha sido debatido en el pleno del Legislativo.

Fuente: Ecuavisa