Reporte de beneficiarios finales y composición societaria (REBEFICS)
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha emitido la resolución NAC-DGERCGC24-00000033, que introduce nuevas obligaciones relacionadas con la presentación del Reporte de Beneficiarios Finales y Composición Societaria (REBEFICS).
Este reporte tiene como objetivo garantizar la transparencia en la identificación de los beneficiarios finales y la composición societaria de las empresas y otras entidades en Ecuador.
Esta resolución busca reforzar las medidas de control para asegurar el cumplimiento tributario y evitar la evasión fiscal, estableciendo condiciones, plazos y excepciones que las sociedades deben cumplir.
A continuación, te explicamos los puntos más importantes de esta normativa:
¿Quiénes están obligados a presentar el REBEFICS?
Las empresas que deben presentar el REBEFICS incluyen:
- Sociedades constituidas en Ecuador, como se define en el artículo 98 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
- Sucursales de sociedades extranjeras que operan en Ecuador.
- Fideicomisos, trusts y figuras similares cuya administración se realice desde Ecuador o cuyos beneficiarios sean residentes fiscales en el país.
Plazos para la presentación del reporte
El reporte debe presentarse al SRI de acuerdo con los siguientes plazos:
- Para la información con corte al 31 de diciembre del ejercicio fiscal: la presentación debe realizarse en febrero del año siguiente, considerando el último dígito del RUC del contribuyente.
- Para nuevos establecimientos o cambios en la composición societaria: el plazo es hasta el 28 del mes subsiguiente a la fecha en que se produzcan dichos cambios.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de la presentación del REBEFICS conlleva sanciones, incluyendo:
- Aplicación de una tarifa de impuesto a la renta del 25% más tres puntos porcentuales adicionales a la base imponible, en caso de no cumplir con la presentación o hacerlo de manera incompleta.
- Sanciones monetarias adicionales por presentación tardía o incorrecta, conforme a la normativa vigente.
Beneficiarios Finales: ¿Quiénes son?
Los beneficiarios finales son aquellas personas naturales que, de manera directa o indirecta, tienen una participación significativa en la propiedad o control de una empresa.
En la resolución se establece que deben identificarse como beneficiarios finales aquellos que posean, directa o indirectamente, al menos el 10% de los derechos representativos de capital de una sociedad.
Excepciones
Algunas entidades están exentas de presentar el reporte de beneficiarios finales, incluyendo:
- Sucesiones indivisas.
- Entidades del sector público.
- Misiones y organismos internacionales reconocidos por el Estado ecuatoriano.
Importancia de esta resolución
La aplicación de esta normativa es clave para fomentar la transparencia en las operaciones financieras de las empresas y asegurar que las autoridades fiscales tengan acceso a información precisa sobre la composición societaria. Esto refuerza la lucha contra la evasión de impuestos y el blanqueo de capitales.
Es fundamental que las empresas y sus representantes legales tomen medidas para cumplir con esta normativa dentro de los plazos establecidos, evitando así sanciones y posibles repercusiones fiscales.
Para más detalles y descargar la resolución completa, haz clic aquí.
Fuente: Servicio de Rentas Internas