¿Volver a trabajar después de jubilarte por discapacidad en el IESS? Conoce los requisitos y limitaciones

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¿Volver a trabajar después de jubilarte por discapacidad en el IESS? Conoce los requisitos y limitaciones

Los afiliados pueden jubilarse en el IESS por discapacidad física e intelectual.

Jubilarse por discapacidad física e intelectual es unas de las formas de retiro en el país y para hacerlo se necesita cumplir con lo que estipula el artículo 85 de la Ley Orgánica de Discapacidad.

Esta menciona que las personas con discapacidad afiliadas al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), que acreditaren 300 aportaciones, sin límite de edad, tendrán derecho a una pensión que será igual 68.75 % del promedio de los cinco años de mejor remuneración básica unificada de aportación. Y para los casos de personas con discapacidad intelectual es cuando tengan 240 aportaciones.

Requisitos
  • Cumplir con la edad y el tiempo de servicio requerido y el 30 % discapacidad (carnet de discapacidad).
  • Estar cesante con todos los empleadores y registrar el aviso de salida.
  • No estar en mora con el IESS, como empleador.
  • Los aportes del mes que cesó deben estar pagados antes del 15 del siguiente mes.
  • Cuenta bancaria activa y personal registrada en el Sistema de Historia Laboral.

Ider Salgado, docente de la Facultad de Ciencias del Trabajo y Comportamiento Humano de la UISEK, afirma que conoció el caso de un ciudadano con cáncer linfático y que le negaron esta jubilación.

“Podía caminar, pero no podía hacer actividades físicas ni intelectuales. Esta persona hacía una actividad de mensajería y el IESS le respondió que podía seguir trabajando. Y estas son algunas de las respuestas ilógicas y para lo cual se debe seguir un proceso administrativo interno en el IESS o un proceso de acciones de protecciones constitucionales, que son más rápidos, para que se entre a la jubilación”, opina Salgado.

Soy jubilado por discapacidad: ¿puedo trabajar?

En 2023, el IESS contabilizó 540.196 jubilados en general, en 2022 fueron 501.340 y en 2021, 472.113. Aquí se incluye a los jubilados por invalidez, discapacidad o vejez.

De acuerdo al IESS, sí es posible que una persona con discapacidad jubilada pueda volver a trabajar bajo relación de dependencia.

“Tendrá derecho a una mejora en su pensión de jubilación, una vez que cese en su nuevo empleo y haya realizado como mínimo 12 aportaciones”, señala el IESS y esto también consta en el artículo 85 de la Ley Orgánica de Discapacidad.

La abogada laboral Vannessa Velásquez indica que hay un detalle porque se necesita de la autorización del director provincial del IESS para que esta persona vuelva a trabajar.

“Esta autorización debe estar sustentada en un informe técnico de la Dirección del Seguro de Pensiones. Además, los jubilados por discapacidad solo pueden volver a trabajar si las actividades que van a realizar no afectan su incapacidad y son distintas a las que causaron la incapacidad”, explica Velásquez.

En tanto, el director provincial del IESS de Guayas, Bolívar Maldonado, presentó la rendición de cuentas 2023 y mencionó que hubo un incremento del 48 % de las atenciones de trámites de jubilación por vejez y discapacidad. “17.152 asegurados fueron atendidos al solicitar su jubilación”, dijo.

Así también, añadió que hubo un aumento en el abastecimiento de medicinas en el Seguro Social Campesino. “En el 2022 llegaron al 12 %, mientras que en 2023 se incrementó al 65 %. Así mismo, 2′495.415 personas se benefician de la cobertura de la seguridad social en la provincia del Guayas”, informó Maldonado. (I)

Fuente: El Universo

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